OFRANEH

ORGANIZACION FRATERNAL NEGRA HONDUREÑA

PUEBLO GARIFUNA

 

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La Ley de Propiedad de Honduras fue aprobada en junio del año 2004, sin haber sido consultada de forma apropiada con los pueblos indígenas y negros del país. En septiembre del año 2003 se efectuó una consultada con el pueblo garífuna, en la comunidad de San Juan Tela, donde asistieron más de 80 líderescomunitarios, los cuales rechazaron de forma categórica los dos borradores de ley presentados la asambleas, ya que engendraban la desaparición de la propiedad comunitaria, y por ende de los títulos emitidos hasta la fecha.


En el año 2005 el CONADEH convocó a un taller, presentando un análisis jurídico realizado por la OIT sobre la Ley de Propiedad, concluyendo el documento como el Estado  de Honduras violó el Convenio 169 de la OIT. No obstante el Banco Mundial promotor de la Ley de Propiedad y organismo financiero que impulsa el Proyecto de Administración de Tierras de Honduras (PATH), persiste hasta la fecha en financiar el proyecto que implica la desaparición del régimen de tenencia de tierra comunitaria y una pertinaz violación de los derechos colectivos de los pueblos indígenas.


La representante del Estado no vaciló en insinuar a la asamblea sobre la “regularización” del Convenio 169, implicando que el Convenio se debe adaptarse a las leyes nacionales, situación que se convierte en una violación del Convenio de Viena (Tratados sobre Tratados) el que es específico sobre como los convenios internacionales están por encima de las leyes nacionales y no lo contrario como han venido invocando algunos funcionarios de diferentes administraciones desde el momento que se ratificó el Convenio.


La OFRANEH ante la pretensión del Estado  y las intenciones del Banco Mundial de finiquitar la propiedad comunitaria, inició en enero del 2006 una petición ante el Panel de Inspección del Banco Mundial sobre el Proyecto PATH, señalando la violación de las Salvaguardas de ese organismo financiero y del Convenio 169 de la OIT. 


En junio del 2007 el Panel de Inspección brindó un informe con respecto al PATH, donde reconocía como efectivamente el Estado de Honduras violó el Convenio 169 de la OIT. El Panel de Inspección en una carta dirigida a la Abogada del Banco, la Sra. Ana Palacios, inquirió sobre en un análisis jurídico del PATH, situación que evadió la Sra. Palacios, alegando que no le correspondía dicha acción, no obstante señaló como el banco no estaba obligado a cumplir el Convenio 169 de la OIT.

LEY DE PROPIEDAD